El Programa de Divulgación Voluntaria del Crédito por Retención de Empleados (ERC) es una oportunidad clave para rectificar reclamos indebidos. ¿Pero quiénes pueden aprovechar este programa y cómo pueden hacerlo?
¿Quiénes pueden solicitar?
Los destinatarios elegibles del ERC que deseen corregir errores en sus reclamos pueden aplicar al programa siempre y cuando cumplan con los siguientes criterios:
- – No estar bajo investigación criminal: El empleador no debe estar actualmente bajo investigación criminal ni haber sido notificado de que se encuentra en ese estado.
- – No estar bajo inspección de impuestos sobre el empleo del IRS: El empleador no debe estar siendo inspeccionado por el IRS en relación con el período tributario del ERC para el cual solicita el programa.
- – No haber recibido notificación ni demanda de reembolso del IRS: No haber recibido una notificación oficial del IRS demandando el reembolso total o parcial del ERC reclamado.
- – No haber sido reportado por un tercero por incumplimiento: El IRS no debe haber recibido información de un tercero que indique incumplimiento, ni haber obtenido información directa relacionada con el incumplimiento a través de una acción de cumplimiento.
Cómo solicitar
Para solicitar el programa, el empleador debe completar y presentar el Formulario 15434, Solicitud de Programa de Divulgación Voluntaria del Crédito por Retención de Empleados, disponible en IRS.gov. Este formulario debe enviarse a través de la herramienta de carga de documentos del IRS. Se espera que los empleadores paguen el monto total del ERC, a excepción de la reducción del 20% permitida a través del programa. Aquellos que no puedan pagar la cantidad total tendrán la opción de establecer un acuerdo de pago a plazos, siempre y cuando cumplan con ciertas condiciones.
Empleadores que subcontratan su nómina
En el caso de empleadores que subcontratan sus responsabilidades de nómina a terceros, quienes informan, recaudan y pagan los impuestos correspondientes en nombre del empleador utilizando su Número de Identificación del Empleador (EIN), el proceso de solicitud cambia ligeramente.
En esta situación, es el tercero, no el empleador, quien debe presentar el Formulario 13454 específico. Es recomendable revisar el formulario y sus instrucciones para obtener detalles precisos sobre cómo proceder en este caso.
El Programa de Divulgación Voluntaria del ERC ofrece una opción importante para aquellos que deseen corregir reclamos indebidos. Cumplir con los criterios establecidos y seguir adecuadamente los procedimientos de solicitud garantizará una participación efectiva en este programa, brindando la oportunidad de rectificar errores y evitar posibles consecuencias legales.
